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Estimados lectores,  hoy dedicamos el artículo a hablar de las becas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, y es que todos los años nos encontramos con padres, profesores, técnicos de la administración, etc…que no terminan de entender hacía quien va dirigida la ayuda, y que requisitos son los necesarios. Es por ello que con este artículo lo que pretendemos es orientar a aquellas familias que van a solicitar la beca para este curso.

En primer lugar aclarar que la ayuda no tiene nada que ver, ni con los días a la semana que el niño/a acude a recibir la reeducación, ni con el dinero que cuestan las sesiones que el niño va a recibir. Se trata de una cuantía fija que lo único que pretende es ayudar a los padres económicamente, pero en ningún caso cubrir todas las necesidades que el niño/a requiera.

 

Dicho esto vamos a ir redactando algunos puntos importantes de la base de esta beca:

 

  1. PLAZO DE CONVICATORIA: La ayuda se puede solicitar a lo largo de todo el curso, aunque es únicamente del 28 de julio al 26 de septiembre de 2019, cuando se podrá acceder a la secretaría virtual del ministerio de educación para solicitarla. Eso no implica que si nuestro hijo/a es valorado por el equipo de orientación educativa en algún momento del curso, y se acredita la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria, o recibe un certificado de discapacidad; no podamos solicitarla para entonces.

 

  1. BENEFICIARIOS: Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrán obtener las ayudas o subsidios cuando reúnan los siguientes requisitos:

 

1.- Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:

– certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.

– certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.

– certificado de discapacidad.

 

  1. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2018.

 

  1. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados como tales por la administración educativa competente.
  2. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: a) Educación Infantil. b) Educación Primaria. e) Educación Secundaria Obligatoria. d) Bachillerato. e) Ciclos formativos de grado medio y superior. f) Enseñanzas artísticas profesionales. g) Formación Profesional Básica h) Programas de formación para la transición a la vida adulta. i) Otros programas formativos de formación profesional.
  3. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente a fecha 31 de diciembre de 2018.

 

Alumnos de altas capacidades: Podrán recibir ayuda económica también los alumnos diagnosticados de altas capacidades, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad

intelectual, siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica, o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.

  1. Tener cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2019.
  2. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
  3. a) Educación Primaria.
  4. b) Educación Secundaria Obligatoria.
  5. e) Bachillerato.
  6. d) Ciclos formativos de grado medio y superior.
  7. e) Enseñanzas artísticas profesionales.

 

  1. CLASES Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS. Se conceden 3 tipos de ayudas en las siguientes cuantías máximas:
  • Ayuda psicopedagógica: 913 euros. Las ayudas para la reeducación pedagógica se destinarán a la financiación de una intervención psicoeducativa específica y profesional orientada a alumnos que muestren dificultades concretas de aprendizaje vinculadas a la presencia de algún trastorno específico. (No se incluirán bajo este concepto los refuerzos escolares que tienen como objetivo la mejora de las calificaciones académicas).
  • Ayuda Reeducación del Lenguaje: 913 euros. Las ayudas para la reeducación del lenguaje se destinarán a la financiación de una intervención profesional dirigida a la mejora y optimización de alguno o varios de los componentes del lenguaje.
  • Ayuda para altas capacidades: 913 euros. Las ayudas para alumnos con altas capacidades será para la asistencia a programas específicos para este colectivo, que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.
  • Además de esto, podrán obtenerse también otros tipos de ayuda, enseñanza, transporte urbano, comedor escolar ….(Mirar resolución por la que se convocan las ayudas 2019/2020).

 

  1. COMO SE SOLICITA. Las solicitudes deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es. Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud. En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables de la familia en el centro escolar donde el alumno/a va a cursar el curso 2019/2020 o en otros centros permitidos (mirar resolución de convocatoria 2019/2020).

 

  1. QUE DEBEN APORTAR LOS PROFESIONALES QUE REALIZAN LA REEDUCACIÓN.

 

A). Los profesionales de los centros que vayan a llevar a cabo la reeducación deberán aportar una memoria en la que conste información detallada de las características del servicio, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta, así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.

B). Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos.

C). En ningún caso, el centro que lleva a cabo la reeducación o la persona responsable que impartirá el servicio, será la que decida el número de horas que el alumno/a deberá acudir al centro, ni mucho menos el tipo de reeducación que debe llevar a cabo, correspondiendo esto a los equipos de orientación educativa correspondientes.

 

  1. COMO ACCEDER A SECRETARÍA VIRTUAL Y DONDE INFORMARSE DE TODO. Para acceder a la secretaria simplemente hay que acceder a la pagina del ministerio de educación www.mecd.gob.es y buscar becas y ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. En dicho apartado se puede acceder tanto a la secretaría virtual como a la resolución de la convocatoria donde vienen especificados todos los requisitos.

 

Esperamos que esta información les sea de utilidad, y les recordamos que nos tienen a su disposición en el centro Ábaco, para cualquier solicitud o aclaración.

 

Fdo. Pilar Muñoz Alarcón.

Psicóloga General Sanitaria.

Col. Nº AN-05413.


Sobre la autora:

Pilar Muñoz Alarcón.

Psicóloga General Sanitaria.

Máster Psicología Clínica Infanto/ Juvenil por la AEPC.

Máster sobre intervención ABA en Autismo y otros trastornos del Desarrollo por la BACB (Behavior Analyst Certification Board).

Tutora de prácticum de grado y máster de las facultades de Psicología de Sevilla, UNED y UNIR.

Coordinadora del grupo de Trabajo de Atención Temprana del Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Occidental (COPAO).

Directora del Centro de Psicología Infantil ÁBACO.

 

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